viernes, 15 de enero de 2010

SORPRESAS

Ángel Pulla Dijort/Málaga

 

No te lo vas a creer. Pero es la verdad. Siempre encuentras hechos, dichos, historias… Siempre encuentras algo que resulta ser una completa sorpresa.

 

Sorpresas… Sí, hace unos días oí que a Mr. Obama la habían concedido el Nóbel de la Paz (¿?). Me pregunté qué había hecho este señor para obtener tal distinción. Verdaderamente, me sentiría igual que si un día me dicen que alguien me propone como candidato a un premio de literatura porque yo escribo algunos artículos. Sería una sorpresa.

 

Desde hace años, por el "protocolo de la familia Pulla – Tomás", solamente vamos de vacaciones al pueblo, Beteta, un máximo de siete días al año. Ni nos parece bien ni mal, sino todo lo contrario. Vamos ese tiempo porque creemos que es justamente el límite entre un saludo – hola, cómo estás, y la familia, muuuá, muuuá… - y la despedida, sin que comience a aparecer el aburrimiento, el hastío, el "echo de menos el mar, la playa…"

 

Pues este verano, estando en cumplimiento del citado protocolo, me encuentro con mi amigo Pedro Manuel, también ya jubilado, y su compañera, tan guapa como siempre, hermana de mi amigo Santiago.

 

Cuando me marchaba de la terraza de tomar una cerveza, al despedirme, me dice Sara "oye, Ángel, que conste que leemos tu blog". ¡Eso fue una sorpresa! Viven en Madrid, y jamás he comentado con ellos nada sobre mi blog. Me sorprendió y me agradó. Siempre agrada que alguien te lea. Si además le gusta… ¡para morirse!

 

Sorpresas, sorpresas. Las hay, y a montones. A veces hasta tú te sorprendes a ti mismo.

 

A veces lees un escrito de alguien conocido, un amigo, un compañero, y te sorprende la riqueza de vocabulario, la forma de componer, de explicar su visión de la vida. Te sorprende la comprobación de que las personas a las que tú creías "salidas de madre" demuestran una formación y un equilibrio mental muy superior al que tú le suponías.    

 

Nunca habría sido capaz de pre-suponer que una señorita, escasamente preparada en el aspecto intelectual, no demasiado dotada de belleza física (su cara no era modelo de belleza), con no sé qué desconocidos poderes de seducción y de liderazgo, sea capaz de sugestionar a todo un país el día en que alguien quiso presentarla, tras una operación de cirugía estética, como si estuviéramos a punto de presenciar la llegada al mundo del Mesías… ¡Señoras y señores, nada más y nada menos que… Belén Esteban!

 

¿Cómo, quién, qué c… es esto? ¡Esto sí es que es una sorpresa!

 

No soy quién para juzgar si Jorge Javier Vázquez es o no un gran presentador, o si se merece o no el premio ese que le otorgaron hace unos días, lo que sí estoy seguro es de que sí es capaz de organizar una presentación de una chica luchadora (¡¡¡… yo matooo…!!!), que ha sabido exprimir su vida privada y la de los suyos, hasta ser  capaz de vivir de ello exclusivamente, y todo esto… ¡consiguiendo una audiencia en televisión que no pudieron superar los señores Zapatero y Rajoy en un cara a cara!

 

O los señores de televisión son unos magos, o el nivel cultural del personal español es deprimente. Elijan ustedes la respuesta… ¡Esto sí que es una sorpresa!

 

Pero no me repongo de las sorpresas. La judicatura española no da para más.

 

Un juez del juzgado 16 de  Madrid, nos sorprende, creo que a los primeros que sorprendió fue a sus colegas judiciales, con una sentencia sobre asuntos anteriormente juzgados por otros jueces, y con una salida totalmente contraria a las anteriormente citadas. Ni soy juez ni tengo la más mínima idea de Derecho, pero no es necesario para encontrar ¡la sorpresa!

 

El artículo 20 de la Constitución Española dice entre otras cosas:

 

1. Se reconocen y protegen los derechos:

a.      A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción.

b.     A la producción y creación literaria, artística, científica y técnica.

c.     A la libertad de cátedra.

d.     A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. La Ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades.

2. El ejercicio de estos derechos no puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa.

 

 Creo que no hay mejor forma de expresar mi sorpresa ante estos hechos, de personas que están designados a mantener y cuidar por nuestros derechos y a impartir justicia, que el comentario leído en el diario El País del día 24 de diciembre de 2009, que reproduzco a continuación:

 

"La libertad de información indisoluble del pluralismo político es garantía de la opinión pública y ha de prevalecer siempre que verse sobre hechos de interés general, con trascendencia política, social o económica, primando entonces sobre el interés a la dignidad o intimidad personal", señala la sentencia de la Audiencia Provincial.

Los magistrados recuerdan que cuando se produce "una colisión de la libertad de información con el derecho al honor, aquélla (la libertad de información) goza, en general, de una posición preferente y las restricciones que de dicho conflicto puedan derivarse a la libertad de información deben interpretarse de tal modo que el contenido fundamental del derecho a la información no resulte, dada su jerarquía institucional, desnaturalizado ni incorrectamente relativizado".

Lo más sorprendente es que el propio juez admite la verdad en la información a que se refiere la citada sentencia.

Mi sorpresa en este caso es mayor, cuando sospechosamente este juez, con su conflictiva sentencia, coincide exactamente con la defensa del caso de un determinado partido político, implicado en el asunto. "Et verbum caro factum est…"  

¡Sorpresas que da la vida…!

Día de los Inocentes, 28/12/09

 

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